EL DESPIDO LABORAL

1ª. Pregunta: ¿Qué es la extinción del contrato y qué puede provocarla?.

La extinción del contrato es cuando el contrato acaba definitivamente es decir, cuando acabas de trabajar por alguna razón las razones que pueden provocar esto son:

El despido disciplinario: se retira el contrato por decisión del empresario por algún incumplimiento grave o cumpable de las obligaciones del trabajador.

La dimisión del trabajador: El trabajador tiene la obligación de aviasr al empresario de que desea dejar el puesto de trabajo con dias de antelación.

El mutuo acuerdo: El empresario y el trabajador pueden acordar en cualquier momento la extinción del contrato de trabajo y será válida siempre que lo pacten con entera libertad.

La fuerza mayor: Se entiende cuando es imposible realizar tu trabajo cuando hay alguna inundacion, incendios…

Las causas objetivas estas causas son:

La ineptitud del trabajo es decir, cuando no vales para ese puesto de trabajo.Falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas.

Amortización del puesto de trabajo.

Faltas de asistencia de trabajo.

Los incumplimientos contractuales del empresario. El trabajador puede solicitar la extinción del trabajo por alguna de las siguientes causas:

Por algún perjuicio para la formación profesional o la dignidad del trabajador.

Por la falta de pago o de algún retraso continuado en el abono del salario.

Por cualquier incumplimiento grave de las obligaciones del empresrio salvo los de fuerza mayor.

Las causas establecidas en el contrato:

Deben ser alegadas por alguna de las dos partes porque de lo contrario el contrato se presumirá prorrogado tácticamente por tiempo indefinido.

La muerte, jubilación, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez del trabajador:

Si fallece el trabajador el empresario esta obligado a abonar a sus parientes una indemnización equivalente a 15 días de salario.

El contrato de trabajo se extingue por acceso del trabajador a la pensión de jubilación. El empresario no podrá obligar al trabajador a jubilarse.

La muerte, jubilación, incapacidad del empresario o la extinción de la personalidad jurídia de la empresa:

La extinción del contrato de trabajo por muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual se producirá siempre y cuando nadie continúe desarrolando la actividad empresarial.

2ª. Pregunta: ¿En qué situaciones se prodría decidir la extinción del contrato por voluntad del trabajador?

La dimisión del trabajador.

Los incuplimientos contractuales del empresario.

Jubilación, muerte, incapacidad….

Mutuo acuerdo.

3ª. Pregunta: ¿ Y por voluntad del empresario?.

El despido disciplinario.

4ª. Pregunta: ¿ Qué es un Despido Colectivo?, ¿Cúal es su procedimiento?.

Un despido Colectivo es cuańdo despiden a muchas personas a la vez. Las causas pueden ser económicas, organizativas, técnicas o de producción cuando esté en peligro la viabilidad futura de la empresa y se considere que el despido colectivo de trabajadores supere el estado de crisis. Su procedimiento se realiza a través de un ERE ( expediente de regulación de empleo ) que será instruido por la autoridad laboral competente, se analizará también las causas alegadas por el empresario y si el despido es colectivo, tienen que encontrar otra vía para solucionar la mala situación que atraviesa la empresa, y que pone en peligro su existencia para el futuro.

5ª. Pregunta: ¿ En qué situaciones se podría realizar la extinción por causas objetivas ?

Cuando el trabajador no tiene la capacidad para realizar las funciones propias de su cargo.

Cuando el trabajador no se adapta a las nuevas modificaciones técnicas de su puesto de trabajo.

Cuando el contrato se pueda extinguir por la necesidad acreditada de eliminar el puesto de trabajo fundada por causas económicas, técnicas, organizativas y de la producción.
6.- ¿Qué puede hacer el trabajador en ese caso?
No tiene ninguna escusa para poder convencer al empresario de que no le despida con lo cual no puede hacer nada .

7.- ¿Qué es un Despido disciplinario? ¿Cuál es su procedimiento?

El despido es la extinción del contrato de trabajo por decisión del empresario, motivada por un incumplimiento grave y culpable de las obligaciones del trabajador. Las causas que pueden dar lugar al despido son las siguientes:
Faltas repetidas o injustificadas de asistencia o puntualidad
Indisciplina o desobediencia
Ofensas verbales o físicas al empresario, a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos
Trasgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza en el desempeño del trabajo
Disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo normal o pactado
Embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en la actividad laboral.

La empresa dispondrá de un plazo de 60 días para despedir al trabajador en el caso de que se trate de faltas muy graves, a contar desde la fecha en que adquiera conocimiento de su comisión y, en cualquier caso, 6 meses desde que la falta se hubiese cometido.

8.- ¿Qué puede hacer el trabajador en ese caso?

Si no está conforme con la decisión del empresario, deberá interponer Papeleta de Conciliación ante el Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación en el plazo de 20 días desde la fecha de notificación de la carta de despido.

Publicado en on Febrero 28, 2008 at 8:39 am Dejar un comentario
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VAMOS A CONOCER LOS TIPOS DE CONTRATOS QUE EXISTEN

LUCÍA:Contrato a tiempo parcial. Porque de esta forma puede trabajar por las tardes y así no le coinciden con las clases.

MARCOS: Contrato temporal formativo. Porque de esta forma podrá aprender el negocio familiar y cada vez ira adquiriendo más importancia.

CANDELA: Contrato temporal de obra o servicio determinado. Porque así trabaja haciendo las tapas en su casa y después solo tendria que llevarlo a la taberna y ahy acabaría su trabajo.

FITI: Contrato temporal de obra o servico determinado. Porque solo trabajaría en los meses de verano poniendo el aire acondicionado y su trabajo acabaría cuando ponga la calefaccion.

FERNANDO: Contrato temporal de eventual por circunstancias de produccion. Porque el solo debería trabajar el mes de mayo.

TIPOS DE CONTRATOS

CONTRATO A TIEMPO PARCIAL: Hay do tipos:

* Contrato temporal: Es un trabajo a tiempo parcial para juvilados, para fomentar la juvilacion  y favorecer el trabajo juvenil.
* Contrato indefinido: Es un contrato indefinido. Se crea para atender actividades fija para mayores de 16 y menores de 65.

CONTRATOS INDEFINIDOS: Hay dos tipos:

* Contrato ordinario: Deverian ser mas habituales tienen una duración indefinida.
* Contrato de fomento de la contratación indefinida: Son para fomentar la contratación indefinida. Para desempleados de 30-45 años, de duración indefinida.

CONTRATOS TEMPORALES: Hay cinco tipos:

* Contrato de obra o servicio determinado: Son para realizar una unica obra y el contrato acabara cuando se acabe esa obra o servicio.
* Contrato eventual de producción: Se utilizan para contratar empleados cuando haya mas trabajo de lo habitual.
* Contrato interinidad:Se crean para contratar a jente que esta siendo sustituida temporalmente.
* Contrato en prácticas:Se crea para que unjoven que haya acabado los estudios de practicas
* Contrato para laformació: Se crea para que un empleado aprenda el negocio.

PRECARIEDAD LABORAL

  • RSC.- Sindicatos denuncian la precaria situación laboral que sufren los trabajadores de Coca-Cola en Pakistán:Denuncian a la fabrica de coca cola por las malas condiciones que tiene con sus obreros: Como hacerles trabajar muchas horas sin pagárselas no darle vacacione, etc.
  • UGT denuncia una situación laboral precaria en la planta de reciclaje de residuos: Denuncia al representante de esta fabrica debido a las malas condiciones que tenia en sus empleados: Por hacerles trabajar con sueldos que no repasan el minimo de lo permitido y no darle las vacaciones que se merecen y quitarkes horas del almuerzo o dejarlos muchos dias sin amolzar
  • Denuncian aun extremeño por hacer trabajar a sus empleados en fines de semanas con condiciones pésimas despuésd e haber estado trabajando toda la semana y dando mas horas de lo normal y sin haber recibido el pago de esas horas
- ¿Por qué crees que son esas personas y no otras las que se encuentran en esa situación?
Porque son personas que no tienen de donde comer y aceptan condiciones de empleo muy malas como no tener vacaciones sueldos muy bajos y dar muchas horas, o inmigrantes que aceptan trabajar en esos empleos porque no tienen donde trabajar debido a que no tiene papeles.
-Imagínate que quieres trabajar este verano ¿Qué condiciones de trabajo crees que serían precarias?
Pues trabajar en un empleo mas o menos decente que no exija ni mucho ni poco trabajo con un sueldo que no sea menor de 700 euros y dar las horas que ponen en el contrato y si doy horas extras que me las pagen.
OPINION SOBRE EL VIDEO
El video está muy bien porque habla de todo lo que actualmente pasa no solo en Asturias sino en toda España.
Habla de los contratos temporales de los problemas que encuentran muchos jovenes para independizare y las migraciones que tienen que hacer muchas personas debido a que no encuentran trabajo en sus tierras.
Por eso debe de hacerse mas contratos fijos a las personas para que muchas personas puedan independizrse, comprar un coch, etc.

JOVENES Y PRECARIEDAD LABORAL

Hoy en dia el trabajo es una cosa que hoy en dia se complica para todos. En la mayoría de los trabajos los empresarios no quieren hacer fijo a sus trabajadores, porque a veces son jovenes, o no tienen esperiencia, por eso a veces les hacen “contratos basuras” con los que les ofrecen unas condiciones pésimas en las que practicamente no tienen derecho a nada, Como por ejemplo no disponen de las vacaciones reglamentarias sus sueldos son pésimos trabajan más horas de lo normal y sin ser pagadas como deben, etc. Hoy en dia hay muchas organizaciones que defienden estas cosas ayudando a las personas que pasan por esto a que puedan disfrutar de lo que se merecen. Esto ocurre en muchos paises. Como tambien pasa con los inmigrantes a los que muchas empresas contratan con condiciones pésimas y hacen el trabajo sucio que muchas personas no quieren hacer.

OPINION PERSONAL

A mí me parece bien que los empresarios hagan contratos de con esas condiciones, porque cada uno es digno de hacer lo que quiera hacer y al que no le guste que se busque otro empleo, pero hay algunas de las condiciones en las que no estoy de acuerdo con ellos. Como que no tengan derecho a vacaciones y estar trabajando en condiciones pésimas luego el sueldo y esas cosas son otra cosa en eso si estoy de acuerdo con ellos si no les pueden dar mas sueldo no se puede, de todas formas la empresa tiene que seguir adelante y sea estafando a unos, estafando a otro, etc. Si eso le pasase a uno de mi familia no sería lo mismo pero al fin y al cabo se tendría que aguantar como todos los demás ya se que yo al de mi familia le apoyaría con lo del trabajo y le ayudaría a buscar otro.

Publicado en on Febrero 7, 2008 at 9:09 am Dejar un comentario